
Japón pone la directa para rediseñar su marco cripto: la Agencia de Servicios Financieros (FSA) ultima una propuesta para clasificar las criptomonedas como productos financieros bajo su ley de mercados, un giro que apunta a elevar la transparencia y el control del sector.
El plan se centra en 105 activos listados en exchanges locales —entre ellos Bitcoin (BTC) y Ether (ETH)— y establece que, por primera vez, el mercado cripto quedaría sometido a obligaciones y salvaguardas similares a las de la renta variable, incluyendo límites al abuso de mercado.
Qué significa tratarlas como productos financieros
La reclasificación encajaría los criptoactivos en el paraguas de la Ley de Instrumentos Financieros y Bolsa, lo que activaría reglas comparables a las de las acciones: divulgaciones periódicas, controles de integridad de mercado y supervisión reforzada de la actividad de los intermediarios.

Las plataformas con sede en Japón tendrían que publicar fichas detalladas de cada token aprobado, indicando si existe un emisor identificable, qué tecnología blockchain lo sustenta, su perfil histórico de volatilidad y otros riesgos relevantes para los inversores minoristas.
Además, el texto introduce de forma explícita restricciones al uso de información privilegiada en cripto, siguiendo preocupaciones sobre manipulación de precios: quienes tengan acceso a datos no públicos (altas/bajas de listados, incidencias financieras del emisor, etc.) no podrían operar con los tokens afectados.
Calendario, alcance y base técnica
Según lo adelantado en prensa local, la FSA planea llevar la propuesta a la sesión parlamentaria de 2026. El perímetro inicial se fijaría en 105 criptoactivos listados en exchanges nacionales, con el foco puesto en los que muestran suficiente liquidez y adopción.
Aunque la lista definitiva no se ha publicado, no sería raro que los criterios se inspiren en prácticas existentes, como la llamada “lista verde” de la JVCEA (asociación de la industria en Japón), que prioriza monedas con buen historial de cumplimiento y operativa estable.
Implicaciones fiscales: tipo fijo del 20% en ganancias
En paralelo, la FSA impulsa un cambio tributario de calado: pasar de gravar las ganancias cripto como “ingresos diversos” —un esquema que puede alcanzar el 55% en tramos altos— a un régimen de 20% fijo sobre plusvalías, en línea con el trato a las acciones.
El objetivo es doble: simplificar el cumplimiento y reducir la brecha con estándares internacionales, lo que podría frenar la fuga de operadores y dar más certidumbre a inversores minoristas e institucionales que hoy ven el terreno fiscal como un obstáculo.
Banca, licencias y nuevos actores
El regulador también estudia levantar el veto para que los bancos puedan adquirir y mantener criptoactivos con fines de inversión, una novedad relevante en un país que tradicionalmente ha sido prudente por la volatilidad del sector.
En esa misma línea, se explora si los grupos bancarios podrían registrarse como exchanges con licencia, lo que abriría la puerta a ofrecer servicios de trading y custodia directamente a clientes, ampliando la competencia y la profesionalización del ecosistema.
Diferencias con Europa y encaje para España
En la UE, el reglamento MiCA crea un marco específico para criptoactivos que no son instrumentos financieros, mientras que los que sí lo son quedan sujetos a MiFID II. Es decir, Europa no reetiqueta todo el cripto como “producto financiero”, sino que separa regímenes según la naturaleza jurídica del token.
Para España, el movimiento de Japón sirve de contraste: aquí CNMV y Banco de España aplican el esquema europeo (MiCA/MiFID II), con exigencias de transparencia, gobernanza y protección al inversor adaptadas al tipo de criptoactivo, sin una reclasificación masiva bajo la categoría de productos financieros.
El paquete japonés suma reclasificación, divulgaciones obligatorias, límites al insider trading, posible acceso bancario y reforma fiscal. Si sale adelante, elevaría el listón de transparencia y podría atraer capital más institucional, a costa de mayores requerimientos de cumplimiento para exchanges y emisores.
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